Los hechos más importantes en resumen
- La Ley estadounidense CLOUD (Clarifying Lawful Overseas Use of Data Act) es una ley federal estadounidense de 2018 que permite a las autoridades estadounidenses solicitar datos a los proveedores estadounidenses de servicios en la nube, independientemente del lugar de almacenamiento.
- Se considera un riesgo estratégico y una posible violación del GDPR, ya que priva a los ciudadanos y empresas de la UE de una protección jurídica efectiva.
- Los documentos sensibles, como los contratos legalmente válidos y las pruebas personales de identidad, están especialmente en peligro, ya que representan valiosos activos empresariales o personales.
- La respuesta estratégica segura para las empresas es optar sistemáticamente por plataformas europeas y lugares de almacenamiento de datos sujetos exclusivamente a la legislación de la UE (GDPR, eIDAS).
- Como plataforma 100% europea, sproof ofrece la soberanía digital necesaria y es, por tanto, la alternativa sin riesgos para tu gestión de firmas.
El núcleo del problema: el acceso extraterritorial
Las empresas europeas se enfrentan cada vez más a conflictos entre la legislación estadounidense y la de la UE en un mundo digital. La Ley estadounidense CLOUD (Clarifying Lawful Overseas Use of Data Act), que entró en vigor en 2018, está en el centro de este dilema.
Autoriza a las autoridades policiales de EE.UU. a solicitar datos a proveedores de nube estadounidenses, como Amazon, Microsoft o Google. El punto decisivo y estratégicamente relevante es que estas solicitudes son independientes de la ubicación geográfica de almacenamiento de los datos. Que tus contratos digitales estén ubicados en Fráncfort, Dublín o Ámsterdam es irrelevante desde la perspectiva de la Ley CLOUD, siempre que el proveedor de servicios sea una empresa estadounidense, lo que crea una zona gris jurídica, ya que el acceso estadounidense entra potencialmente en conflicto con los estrictos requisitos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo.
La Ley CLOUD y la violación del GDPR
El riesgo estratégico es claro: el GDPR exige que los datos personales sólo puedan transferirse a terceros países o tratarse en ellos si se garantiza un nivel de protección adecuado (art. 45 GDPR).
Sin embargo, a raíz de las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE, por ejemplo Schrems II), se estableció que las leyes de vigilancia estadounidenses, como la Ley CLOUD, no proporcionan una protección adecuada de los datos de la UE.
| Aspecto | GDPR (legislación de la UE) | US CLOUD Act (ley estadounidense) |
| Legitimación del acceso | Orden judicial en la UE, justificación sólida | Orden de detención o comparecencia en EE.UU., menos obstáculos |
| Notificación | Los afectados deben ser informados | El proveedor puede estar sujeto a un deber de confidencialidad (sin notificación) |
| Alcance territorial | Restringido al territorio de la UE | Extraterritorial, se aplica en todo el mundo a los proveedores de EE.UU. |
En el caso de un proceso de firma digital, se trata de datos muy sensibles: Los propios contratos, pero también la prueba de identidad y toda la pista de auditoría (protocolo de firma).
Los contratos digitales y la verificación de identidad subyacente son los activos de datos más críticos de tu empresa. Aquí no se puede transigir en términos de soberanía.
El camino hacia la minimización de riesgos: la acción interna
La solución para las empresas europeas no es sólo conocer la Ley CLOUD, sino actuar:
- Identifica las cargas de trabajo críticas: Evalúa qué datos (contratos, archivos de RRHH, documentos de PI) tienen una gran necesidad de protección.
- Elige una infraestructura europea soberana: Confía en soluciones de firma y alojamiento europeas y conformes con eIDAS para estas áreas críticas.
- Acceso seguro y gestión de la identidad: Garantizar que tanto el acceso como la verificación de la identidad digital para los datos relevantes para la firma permanezcan bajo control europeo, por ejemplo, a través de servicios de confianza regulados en Europa (conformes con eIDAS).
Soberanía digital: sproof como respuesta europea
El conflicto en torno a la Ley CLOUD subraya la necesidad de la soberanía digital de Europa. Las empresas deben actuar de forma proactiva para que su infraestructura de datos sea inmune a los derechos de acceso de terceros países.
sproof se desarrolló como plataforma europea precisamente con este enfoque estratégico. Nuestra perspectiva es inflexible:
- Exclusividad de la legislación de la UE: las soluciones sproof, incluidos sproof Sign, sproof Ident, sproof Widget, sproof Fastlane, sproof eID Hub y sproof Validate se desarrollan al 100% en Europa y se alojan en servidores europeos. Están sujetas exclusivamente al GDPR y al eIDAS.
- Sin riesgo de Ley CLOUD: Como sproof no es una empresa estadounidense y no tiene filiales en EE.UU., las autoridades estadounidenses no pueden imponer el acceso a través de la Ley CLOUD.
- Certificación eIDAS: Nuestros servicios cumplen las normas de confianza europeas más estrictas, en particular para la Firma Electrónica Cualificada (QES).
Esta elección no es sólo una cuestión de cumplimiento legal, sino una ventaja competitiva estratégica que indica la máxima confianza a tus clientes y socios.
Protege tus datos más críticos. Elige la soberanía digital. Empieza ya tu migración a una plataforma de firma 100% europea que garantice la seguridad de tu cumplimiento →





